Algunas consideraciones acerca del sistema penal acusatorio adversarial oral
Abstract
El 28 de mayo de 2008, el Congreso de la Unión decidió reformar los artÃculos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de elevar a rango constitucional el sistema penal acusatorio adversarial y oral. El Diario Oficial de la Federación publicó, el 18 de junio de ese mismo año, el contenido de las reformas y estableció en los artÃculos transitorios la obligación de la Federación, los Estados y el Distrito Federal de incorporar a sus respectivas legislaciones las modificaciones constitucionales, en un plazo no mayor de ocho años.
Published
2015-02-06
Section
Derechos Humanos Fundamentales